Una de las razones por las que los autónomos reciben recargos de Hacienda no es que no puedan pagar, sino que se les pasa la fecha. Con cuatro trimestres, varios modelos distintos y resúmenes anuales, es fácil perder el hilo.
Este calendario reúne en un solo sitio todos los plazos de 2026 y los de enero de 2027, con una explicación de qué modelo te toca presentar según tu situación. Guárdalo y ponte alertas.
Los plazos clave de un vistazo
Estas son las fechas que más se repiten. Si solo te quedas con una tabla, que sea esta:
| Trimestre | Periodo | Modelos 303, 130/131, 111, 115 | Si domicilias el pago |
|---|---|---|---|
| 1T | Enero – marzo | Del 1 al 20 de abril | Hasta el 15 de abril |
| 2T | Abril – junio | Del 1 al 20 de julio | Hasta el 15 de julio |
| 3T | Julio – septiembre | Del 1 al 20 de octubre | Hasta el 15 de octubre |
| 4T | Octubre – diciembre | Ver nota más abajo | Ver nota más abajo |
Importante sobre el cuarto trimestre: los plazos no son iguales para todos los modelos. Hasta donde hemos podido comprobar:
- Modelos 303, 130 y 131: hasta el 30 de enero.
- Modelos 111 y 115: hasta el 20 de enero.
Si el último día cae en sábado, domingo o festivo, el plazo pasa al siguiente día hábil. El 30 de enero de 2027 es sábado, así que el límite pasaría al lunes 1 de febrero.
Calendario completo por meses
Enero de 2026 (ya pasado): cierre del ejercicio 2025
- Hasta el 20 de enero: modelos 111 y 115 del 4T de 2025.
- Hasta el 30 de enero: modelos 303 y 130/131 del 4T de 2025, y el resumen anual de IVA (modelo 390).
- Hasta el 2 de febrero: resúmenes anuales de retenciones (modelos 190 y 180), al caer el 31 de enero en sábado.
Febrero – marzo de 2026 (ya pasado)
- Del 1 de febrero al 2 de marzo: modelo 347, operaciones con terceros superiores a 3.005,06 € anuales.
- Hasta el 31 de marzo: modelo 720, bienes y derechos en el extranjero (solo si te afecta).
Abril de 2026 (ya pasado)
- Del 1 al 20 de abril: 1T de los modelos 303, 130/131, 111, 115 (y 349 si operas con la UE).
- Del 8 de abril al 30 de junio: campaña de la Renta 2025 (modelo 100). Si tienes un resultado a ingresar y lo domicilias, el plazo termina unos días antes (hacia el 25 de junio).
Julio de 2026 (ya pasado)
- Del 1 al 20 de julio: 2T de los mismos modelos.
Octubre de 2026 (¡ahora mismo!)
- Del 1 al 20 de octubre: 3T de los modelos 303, 130/131, 111, 115 (y 349 si procede). Si estás leyendo esto en la primera quincena de octubre, aún estás a tiempo. Si domicilias el pago, el límite es el 15.
Noviembre y diciembre de 2026
- Para la mayoría de autónomos, no hay modelos trimestrales en estos meses. Es un buen momento para ordenar la documentación y planificar el cierre del año. Los obligados a presentar modelos mensuales (algunas empresas grandes) tienen fechas propias.
- Antes del 31 de diciembre: si estás en un régimen que puedes cambiar (por ejemplo, la renuncia a módulos o al régimen simplificado para el año siguiente), revisa los plazos de renuncia con tu gestor.
Enero de 2027: cierre del ejercicio 2026
- Hasta el 20 de enero: modelos 111 y 115 del 4T de 2026.
- Hasta el 30 de enero: modelos 303 y 130/131 del 4T de 2026, y modelo 390 (resumen anual de IVA).
- Hasta el 31 de enero: modelos 190 y 180 (resúmenes anuales de retenciones).
- En 2027, los días 30 y 31 de enero caen en fin de semana, así que los plazos de fin de mes se trasladarían al lunes 1 de febrero.
Qué es cada modelo (y cuáles presentas tú)
No todos los autónomos presentan todos los modelos. Este es el significado de cada uno:
| Modelo | Qué es | Periodicidad | ¿Quién lo presenta? |
|---|---|---|---|
| 303 | Autoliquidación del IVA. Mira nuestra guía del modelo 303 | Trimestral | Autónomos con actividad sujeta a IVA |
| 130 | Pago fraccionado del IRPF (estimación directa). Mira nuestra guía del modelo 130 | Trimestral | Autónomos en estimación directa, salvo los exentos por la regla del 70 % |
| 131 | Pago fraccionado del IRPF (módulos) | Trimestral | Autónomos en estimación objetiva |
| 111 | Retenciones de IRPF a trabajadores, profesionales y otros | Trimestral | Autónomos con empleados o que pagan a profesionales con retención |
| 115 | Retenciones por alquiler de local | Trimestral | Autónomos que alquilan un local para su actividad |
| 349 | Operaciones intracomunitarias | Trimestral (o según volumen) | Autónomos que compran o venden a empresas de la UE |
| 390 | Resumen anual de IVA | Anual (enero) | Los que presentan el 303 |
| 190 | Resumen anual de retenciones (del 111) | Anual (enero) | Los que presentan el 111 |
| 180 | Resumen anual de retenciones de alquileres (del 115) | Anual (enero) | Los que presentan el 115 |
| 347 | Operaciones con terceros por encima del umbral | Anual (febrero-marzo) | Quienes superan los 3.005,06 € con un mismo cliente o proveedor |
| 100 | Declaración de la renta | Anual (abril-junio) | Todos los que estén obligados |
Checklist por perfil
Autónomo sin empleados y con clientes empresas (profesional típico)
- 303 cada trimestre.
- 130 cada trimestre, salvo que al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior llevaran retención.
- 390 en enero.
- Renta en la campaña de primavera.
Autónomo que vende a particulares (comercio, servicios)
- 303 cada trimestre.
- 130 cada trimestre (no suele aplicarse la exención del 70 %).
- 390 en enero.
- Renta.
Autónomo con local alquilado
Los anteriores, más:
- 115 cada trimestre (retención del alquiler).
- 180 en enero.
Autónomo con empleados o que paga a profesionales con retención
Los anteriores, más:
- 111 cada trimestre.
- 190 en enero.
- Obligaciones laborales (nóminas y cotización de los empleados).
Autónomo que opera con la Unión Europea
Los anteriores, más:
- 349 según corresponda.
Autónomo en módulos
- 131 en lugar del 130, con sus propias reglas.
- 303 según tu régimen de IVA.
Si no estás seguro de cuáles te tocan, revisa tu declaración censal (la que presentaste al darte de alta, ver nuestra guía de cómo darse de alta como autónomo) y consúltalo con un gestor.
Otras fechas que no debes olvidar
- Cuota de autónomos: se cobra cada mes, con cargo en cuenta a final de mes. Si no domicilias, asegúrate de pagar a tiempo. Mira nuestro artículo sobre cuánto cuesta ser autónomo al mes.
- Regularización de la cuota: tras la declaración de la renta, la Seguridad Social ajusta lo cotizado con tus ingresos reales.
- Cambios de datos: si cambias de domicilio, actividad o régimen, debes comunicarlo a Hacienda en el plazo correspondiente (normalmente un mes) mediante el modelo 036.
- Renovación del certificado digital: caduca. Comprueba su vigencia antes de los plazos, no el último día.
- Prórroga de la tarifa plana: si estás en tarifa plana, apunta la fecha límite para pedir la ampliación (mira nuestro artículo sobre la tarifa plana).
Cómo no olvidarte de los plazos
- Pon alertas en el calendario con 7 y 3 días de antelación a cada vencimiento.
- Prepara los datos antes. Cierra cada trimestre con tus libros de facturas ya al día, para no improvisar.
- Domicilia el pago, pero recuerda que el plazo se adelanta unos días.
- Presenta pronto, no el último día: las incidencias técnicas no justifican el retraso.
- Usa un programa de facturación que te avise o calcule los modelos, o una gestoría que se encargue.
- Revisa el calendario oficial de la Agencia Tributaria cuando cambie el año, porque los plazos pueden ajustarse.
Qué pasa si te pasas del plazo
- Recargos: presentar tarde sin requerimiento previo suele acarrear un recargo que empieza en torno al 1 % y aumenta con cada mes de retraso.
- Sanciones: si no presentas y Hacienda te lo reclama, pueden ser más altas.
- Intereses de demora sobre las cantidades a ingresar.
- Pérdida de ventajas: por ejemplo, no poder acogerte a ciertas bonificaciones si no estás al corriente.
Si te das cuenta de que has fallado, presenta cuanto antes, por tu cuenta: es mejor que esperar a un requerimiento.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se presentan los impuestos trimestrales de los autónomos?
Del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y en enero para el último trimestre. Los modelos 303 y 130 del cuarto trimestre llegan hasta el 30 de enero, y el 111 y el 115 hasta el 20.
¿Qué pasa si el último día del plazo es sábado o festivo?
Se traslada al siguiente día hábil.
¿Qué modelos presenta un autónomo básico?
Como mínimo, el 303 (IVA) y el 130 (IRPF) cada trimestre, y el 390 (resumen de IVA) en enero, además de la declaración de la renta.
¿Cuándo es la declaración de la renta?
Normalmente de abril a finales de junio. En 2026, la Renta 2025 se presentó del 8 de abril al 30 de junio.
¿Tengo que presentar los modelos aunque no haya tenido actividad?
Si estás obligado, sí, con resultado cero. Consulta tu caso concreto.
¿Los plazos son distintos si domicilio el pago?
Sí: el plazo se acorta unos días. Por ejemplo, hasta el 15 de abril, julio y octubre.
¿Qué es el modelo 347?
Una declaración informativa anual de operaciones con terceros que superen los 3.005,06 € en el año. Se presenta entre febrero y principios de marzo.
¿Dónde veo el calendario oficial?
En la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en su apartado de calendario del contribuyente.
Resumen
- Los modelos trimestrales (303, 130/131, 111, 115) se presentan del 1 al 20 de abril, julio y octubre. En enero, los modelos 303 y 130/131 llegan hasta el 30, y el 111 y el 115 hasta el 20.
- Los resúmenes anuales (390, 190, 180) se presentan en enero.
- La declaración de la renta se presenta de abril a junio.
- No todos los modelos te tocan: depende de si tienes empleados, alquilas local, operas con la UE o estás en módulos.
- Domiciliar el pago adelanta unos días el plazo.
- Alertas y orden son tu mejor defensa contra los recargos.